La Audiencia Provincial de Girona restituye a una clienta del bufete Velasco Blaya Abogados su derecho familiar de visitas
Restitución del régimen de visitas a favor de la madre biológica en base al derecho familiar
La sentencia número 24/2021, de fecha 25 de enero de 2021, dictada por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Girona (magistrado ponente, Ilmo. Sr. José Isidro Rey Huidobro), estima en parte el recurso de apelación interpuesto por el bufete Velasco Blaya Abogados, especialistas en derecho de familia en Girona, Blanes y Figueres, frente a la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Generalitat de Catalunya (DGAIA), y acuerda atribuir a la madre biológica, clienta del despacho, un régimen de visitas para que pueda estar con su hijo menor, a desarrollar en el Punto de Encuentro. Este régimen será controlado y supervisado por los profesionales que se designen y, en función de los resultados, se podrá ampliar hasta la recuperación total de la patria potestad materna de la que había sido privada.
Así, la sentencia mencionada estima que "(...) Esto no significa que el establecimiento de un régimen de visitas con la madre biológica, gradual, restrictivo en principio y bajo la supervisión de profesionales, deba suponer un riesgo especial para el menor, cuyo derecho a conocer a la madre biológica hace que pueda considerarse favorable al interés del menor".
Concluye la sentencia mencionada que los progenitores tienen derecho a relacionarse con sus hijos, aunque no tengan la patria potestad.
